Cualquier persona natural que ejerza la
actividad comercial por sí sola, que no tenga asociado alguno, se identifica
según el Código de Comercio vigente, con su firma personal, llamada también por
la doctrina y la legislación como “firma comercial” .

Los comerciantes individuales deben usar sus
propios nombres en las relaciones nacidas de la actividad mercantil, y ese
nombre constituye un elemento valorizante del fondo de comercio.
El comerciante individual
(persona natural), según lo previsto en el artículo 17 del Código de Comercio
Venezolano en concordancia con lo previsto en el artículo 19 numeral octavo
eiusdem, está obligado legalmente a inscribir en la correspondiente oficina de
Registro Mercantil el documento en el cual manifiesta su voluntad de constituir
una “firma personal”, para organizarse como tal comerciante profesional, pero
tal inscripción no le otorga a dicha firma o razón de comercio una personalidad
jurídica distinta a la de su dueño.
En consecuencia la figura
del “comerciante individual (persona natural)”, o (empresario), y
“firma personal” o como se le quiera llamar, no constituyen
personas jurídicas independientes y autónomas la una de la otra, como si ocurre
con las sociedades mercantiles (Compañías Anónimas, Sociedades de
Responsabilidad Limitada o Compañías en Comandita) que según el artículo 201
del Código de Comercio., constituye personas jurídicas distintas de la de los
socios o accionistas tanto lo contrario en la “firma personal”.
REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA FIRMA PERSONAL
• Solicitud de la “búsqueda de
nombre” (art.26 y 28 del código de comercio)
• Pago de “reserva del nombre” (02) U.T
• Documento constituido visado por el abogado,(art.19 ordinal 8 del código de
comercio)
• Fotocopia de la cedula de identidad y
R.I.F personal
• Estampillas
• Soporte del capital, si es en
efectivo “referencias bancarias y sus últimos movimientos“Si es en bienes
“presentar la(s) factura(a) original(es)”
• Planilla de liquidación de tributos
bolívar (entregan en el registro cuando consignan el documento).
PASOS PARA CONSTITUIR UNA FIRMA PERSONAL.
1.- Solicitud de búsqueda de nombre
o denominación social. Efectuar la solicitud de búsqueda de nombre
(denominación) mediante un formato que le entregará en la taquilla 1 (visto
bueno). Dicho formato deberá rellenarlo usted mismo en letra clara y de
imprenta, el resultado de la búsqueda le será entregado al tercer día hábil
siguiente (en tiempo normal) Para obtener la planilla que requiere constituir
una FIRMA PERSONAL se debe depositar en el BANCO a nombre de REGISTRO
MERCANTIL.
2.- Reserva de nombre o
denominación social De encontrarse libre el nombre o denominación social
solicitado, usted DEBERÁ pagar el monto correspondiente a los derechos de
reserva, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en la cual
se produjo la respuesta positiva, ya que de no hacerlo el nombre o denominación
quedará automáticamente disponible.
3.- Sello de “Visto Bueno” Dentro
de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a efectuada la reserva de nombre,
debe dirigirse a la taquilla 2 con el acta constitutiva de la firma personal
para que le estampen el sello de visto bueno después de revisar que el nombre o
denominación social se encuentre bien escrito es decir, que se corresponda
exactamente con la denominación reservada.
4.- Compra de planillas
Adquiera en la taquilla de timbres fiscales, tantas planillas de liquidación
como documentos desee inscribir.
5.- Cálculo de montos a pagar por
la inscripción Al presentarse en la taquilla de Cálculo con su documento y la
planilla de liquidación, el funcionario del Registro efectuará el cálculo de
las cantidades que usted deberá pagar por los conceptos de tasas contempladas
en la Ley de Timbre Fiscal (correspondientes al fisco), estampillas o timbres
fiscales y aranceles.
6.- Elaboración de planilla de derechos
del fisco.
Déjenos
convertirlo en Empresario con nuestros servicios de
Registro de Empresas: Constitución de Compañías Anónimas (C.A.), Constitución de
Sociedad Anónima (S.A.), Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada
(S.R.L.), Registro de Firma Personal, Registro de Cooperativas. Fondos de
Comercio.
Solicitudes:
Nombres o denominaciones comerciales, Sellado de libros, Sellado de
publicaciones, Copias certificadas, simples o mecanografiadas, Agregados a los
expedientes.
Inscripciones:
Aumentos de capital social, Modificaciones a los estatutos de las empresas,
Actas y documentos diversos.
Litigios:
Demandas de nulidad de Asambleas, Demandas de nulidad de Ventas, Disolución de
Compañía Anónima.
Trámites:
Legalización y apostilla de estatutos y asambleas, Balances Re expresados según
la DPC-10, Solvencia laboral, Registro Nacional de Contratistas, Registro de
Empresas Milco, IVSS, INCE y Rif.
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acciones y cuotas de participación, Fusiones de Sociedades.
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Abg. José Luis Velásquez
0412-8464154
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Abogados Velásquez y Asociados